Se reanuda la actividad inmobiliaria.

La crisis del coronavirus mejora lentamente. Para intentar llegar a la ya denominada “nueva normalidad” deberemos de pasar por las cuatro fases de desescalada que anunció este martes el Gobierno.

La desescalada del confinamiento y la reactivación económica tendrá lugar con un ritmo diferente en cada provincia e isla, que irá en función de la situación sanitaria.

 

Desde varias portavocías del sector inmobiliario se señala que la apertura de locales y establecimientos comerciales con cita previa y atención individualizada será el 4 de mayo y de manera generalizada, el 11 de mayo.

 

Las cuatro fases durarán como mínimo 6 semanas, todo dependerá de la evolución de la epidemia, y se aplicarán según las condiciones que se den por provincias o unidades territoriales.

Hasta el final del proceso está prohibido el desplazamiento entre provincias, salvo por una serie de causas justificadas, aunque hasta entonces sí que se permite recuperar algunas libertades. El plan aprobado este martes en el Consejo de Ministros todavía deja numerosas cuestiones por resolver, pero sí da respuesta a preguntas que rondan por la cabeza de todos aquellos que anhelan recuperar su vida anterior.

 

¿Cuándo se podrá volver a visitar inmuebles?

 

De momento en la fase 0 que empieza el 4 de mayo no se contempla la posibilidad de realizar visitas presenciales a inmuebles.

Es en la primera fase, que -si todo va bien- comenzará el 11 de mayo, donde se puede entender que las visitas a inmuebles estarían autorizadas, al haberse establecido que se permitirá el “contacto social en grupos reducidos para personas no vulnerables ni con patologías previas”.

Además en esta primera fase, se contemplan también las actividades en el pequeño comercio “en condiciones de estricta seguridad”; por lo que,  en la medida en que las visitas a los inmuebles son una parte fundamental de la actividad profesional de la intermediación, los agentes inmobiliarios podremos realizar visitas al formar parte de la actividad económica del pequeño comercio.

 

Ese contacto, que como hemos dicho antes, deberá ser siempre dentro de la misma provincia, podrá producirse tanto en los domicilios como en aquellos establecimientos que tengan permitida su apertura bajo determinadas condiciones.

 

Informe jurídico de Acción Legal: http://www.parcelacantabria.com/blobs/documento/45/PLAN%20DESESCALADA%20COVID%2019.pdf